Cuando, luego de un período de gracia de redención, un registrador restaura un nombre previamente eliminado a causa de la presentación de datos de contacto falsos, o por falta de respuesta a las consultas del registrador, el registrador coloca ese nombre en espera hasta que el registratario suministre información de WHOIS actualizada y exacta.
La Política de Exactitud del Nombre Restaurado es una de las cuatro recomendaciones de políticas creadas por consenso y formuladas por el Consejo de la GNSO sobre la exactitud de los datos de Whois y el acceso masivo a esos datos, y fue aprobada por la Junta Directiva de la ICANN. Esta política entrará en vigencia formalmente a partir del 12 de noviembre del 2004, y será aplicable a todos los registradores acreditados por la ICANN, conforme a la disposición 4.1 sobre políticas creadas por consenso que se incluye en el Acuerdo de Acreditación de Registradores.
Para más información sobre el Período de Gracia de Redención, consulte la propuesta de implementación del Grupo de dirección técnica: <http://www.icann.org/bucharest/redemption-topic.htm>.
Para más información sobre las obligaciones en materia de exactitud de datos de Whois aplicables a los registradores acreditados por la ICANN, consulte los siguientes documentos: